Ley  Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador

La Ley busca mitigar los efectos de la crisis económica y energética en Ecuador mediante diversas medidas de alivio financiero y fortalecimiento económico para personas, empresas y sectores vulnerables.

La Ley busca mitigar los efectos de la crisis económica y energética en Ecuador mediante diversas medidas de alivio financiero y fortalecimiento económico para personas, empresas y sectores vulnerables. A continuación, los puntos principales:

1. Objetivos y ámbito de aplicación

  • Generar incentivos financieros para promover el progreso económico, la inserción laboral y el emprendimiento.
  • Aplicable en el ámbito público y privado en todo el territorio ecuatoriano.

2. Medidas de alivio financiero

  • Seguro de desempleo: Beneficios específicos para afiliados al IESS que pierdan su empleo entre noviembre de 2024 y febrero de 2025.
  • Arrendamientos: Suspensión temporal de incrementos automáticos en contratos durante la emergencia eléctrica.
  • Obligaciones financieras: Posibilidad de diferir pagos sin generar intereses moratorios ni multas.
  • Planes fiscales: Plazos para regularizar obligaciones tributarias y condonación de deudas menores a un salario básico.

3. Disposiciones para sectores específicos

  • Educación: Condonación de intereses y multas en créditos educativos, especialmente para personas con discapacidad o enfermedades catastróficas.
  • Productores y sectores vulnerables: Instrumentos financieros para sectores como agricultura, pesca y turismo.
  • Empresas y contratistas públicos: Extensiones de plazos contractuales debido a afectaciones por cortes de energía.

4. Regulaciones tributarias y financieras

  • Condonaciones: Eliminación de intereses, multas y recargos para deudas tributarias específicas.
    • Impuesto a la Renta para RIMPE – Negocios Populares: Exoneración del 100% del impuesto a la renta correspondiente a los ejercicios fiscales 2022 y 2023 para los contribuyentes sujetos al régimen RIMPE – Negocio Popular, independientemente de si presentaron o no su declaración.
    • Condonación de Deudas Tributarias Pequeñas: Extinción de deudas tributarias por valores menores a un salario básico unificado, que estén en mora por un año o más, incluyendo tributo, intereses y multas, siempre que la administración tributaria haya realizado acciones de cobro.
    • Plan de Pago de Obligaciones en Mora: Permite la solicitud de planes de pago de hasta 12 meses para obligaciones fiscales en mora al 31 de octubre de 2024, con suspensión de acciones de cobro y prescripción de plazos mientras se cumpla con el plan.

  • Créditos hipotecarios: Refinanciamiento y períodos de gracia para deudores del BIESS.
  • Condonación en servicios básicos: Exoneración de deudas por servicios eléctricos por concepto del servicio público de energía eléctrica y el servicio de alumbrado público, generadas durante el estado de excepción declarado por causa del terremoto del 16 de abril de 2016 a los clientes finales de las provincias de Manabí y Esmeraldas, a excepción de los industriales.

5. Reformas y regulaciones complementarias

  • Inclusión de modificaciones al Código Orgánico Monetario, Ley de Régimen Tributario Interno y otras normativas para fomentar el alivio financiero.
  • Créditos Tributarios para Empleadores: Los empleadores que mantengan a sus trabajadores durante octubre, noviembre y diciembre de 2024 sin despidos recibirán un crédito tributario equivalente a un porcentaje del aporte patronal al IESS, compensable únicamente con el impuesto a la renta del mismo período.
  • Exoneración de Ganancias Ocasionales: Incorporación de la disposición para exonerar del impuesto a la renta las ganancias ocasionales por la venta de hasta dos inmuebles por año, siempre que no formen parte del giro habitual del negocio.
  • Remisión de Multas e Intereses
    • Intereses y Multas de Tributos Locales:
      • Remisión del 100% de intereses, multas y recargos de impuestos administrados por Gobiernos Autónomos Descentralizados si se realiza el pago del capital hasta el 30 de junio de 2025.
    • Impuesto al Rodaje:
      • Extensión de la remisión a intereses y recargos de este impuesto, incluyendo equipos de maquinaria pesada.
    • Deudas con la Agencia Nacional de Tránsito (ANT): Exoneración de intereses y recargos si se paga al menos el 30% del capital adeudado antes del 30 de junio de 2025.

6. Vigencia

Estas medidas buscan fomentar estabilidad económica, aliviar a los sectores afectados por la crisis energética y proporcionar incentivos para reactivar la economía nacional.

Puedes descargar la Ley dando aquí.

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